Empresas y profesionales adheridos - Consumo
Empresas y profesionales adheridos
Para que un conflicto de consumo pueda resolverse mediante el arbitraje, la empresa reclamada debe estar adherida al sistema arbitral, se decir, haber comunicado expresamente a la Junta Arbitral de Consumo su decisión de someter sus conflictos al arbitraje.
Sin embargo, téngase en cuenta que, aunque la empresa esté adherida, puede estarlo para todos los conflictos que surjan entre las partes o únicamente para algunos, se decir, cono ofrecida limitada. Pero también podría darse lo caso de que la empresa, a pesar de no estar adherida, acepte el arbitraje para uno caso concreto.
Podrá reconocer si una empresa está adherida si cuenta cono el siguiente distintivo:
Si desea conocer qué empresas de la Comunidad Valenciana están adheridas a la Juntas Arbitrales de Consumo de la Comunidad Valenciana o de la Nacional
LIMITACIONES EMPRESAS ADHERIDAS
Para más información sobre uno caso concreto: 012 - 963 866 000
Documentos asociados y Presentación telemática
Recuerde siempre anexar lo documento de solicitud de arbitraje
- Información sobre credenciales de acceso a los sistemas de administración electrónica (Cl@ve, Certificados electrónicos, DNIe)