Consumo

Empresas y profesionales adheridos

Empresas y profesionales adheridos

Para que un conflicto de consumo pueda resolverse mediante el arbitraje, la empresa reclamada debe estar adherida al sistema arbitral, se decir, haber comunicado expresamente a la Junta Arbitral de Consumo su decisión de someter sus conflictos al arbitraje.

  
Sin embargo, téngase en cuenta que, aunque la empresa esté adherida, puede estarlo para todos los conflictos que surjan entre las partes o únicamente para algunos, se decir, cono ofrecida limitada. Pero también podría darse lo caso de que la empresa, a pesar de no estar adherida, acepte el arbitraje para uno caso concreto.

Podrá reconocer si una empresa está adherida si cuenta cono el siguiente distintivo:    
  

distintitvo nuestra web_cst_2  

Si desea conocer qué empresas de la Comunidad Valenciana están adheridas a la Juntas Arbitrales de Consumo de la Comunidad Valenciana o de la Nacional

PINCHE AQUÍ .

LIMITACIONES EMPRESAS ADHERIDAS

Para más información sobre uno caso concreto: 012 - 963 866 000 

 
Si usted se una persona autónoma o una empresa y desea estar adherido al sistema arbitral de consumo de la Comunidad Valenciana, pulse el enlace que aparece a continuación:

Documentos asociados y Presentación telemática

Recuerde siempre anexar lo documento de solicitud de arbitraje