Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana

Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana

  

El Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su artículo 49.1.35ª, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, configura como exclusivas de la Generalitat las competencias en materia de comercio interior y defensa del consumidor y del usuario, sin perjuicio de la política general de precios, la libre circulación de bienes, la legislación sobre la defensa de la competencia y la legislación del Estado.

En base a estas facultades, mediante Decreto 50/2012, de 23 de marzo, del Consell, se crea la Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana (CDC) y se aprueba su reglamento, como órgano encargado de preservar el funcionamiento competitivo de los mercados autonómicos valencianos y garantizar la existencia de una competencia efectiva en los mismos, protegiéndola mediante el ejercicio de las funciones de resolución de expedientes sancionadores por conductas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, así como las de arbitraje y promoción en la materia a través de la emisión de informes, dictámenes, estudios y restantes funciones que le atribuyen las normas que la regulan.

La CDC está integrada por un presidente y dos vocales, nombrados por Resolución de 15 de julio de 2021, del Conseller  d'Economia Sostenible, Sectors Productius, Comerç i Treball (DOCV 9132, de 21 de julio de 2021, cargos que son ejercidos durante un periodo de 5 años con carácter inamovible y sin posibilidad de renovación, siendo en la actualidad desempeñados por Dª Carmen Rodilla Martí. (Presidenta), D. Carlos Gómez Asensio  y D. José Miguel Corberá Martínez (Vocales)