Renovación de la inscripción

La inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas tiene un periodo de validez de tres años, renovables por periodos iguales (art. 6.1 Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción).

Son las propias empresas quienes tienen que solicitar la renovación de su inscripción, de lo contrario se entenderá automáticamente cancelada.

La renovación de la inscripción deberá solicitarse –telemáticamente- dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez